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  Sábado, 22 de septiembre de 2007 Actualizado a las 01:11
 

LA PIÑATA
La Sindicatura de Cuentas exige que entidades de «La Piñata» devuelvan miles de € públicos

Ha elaborado un informe a petición del juez que investiga las subvenciones del Consell a asociaciones vinculadas a UM

  A D E M A S
 EL MUNDO OPINA Munar se queda sin coartada
 La entidad del asesor económico de UM en Cort cobró 240.000 € que han desaparecido
 Su sede es del propio Consell
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ESTEBAN URREIZTIETA

PALMA.- La Sindicatura de Cuentas ha remitido un demoledor informe al Juzgado de Instrucción número uno de Palma tras examinar a petición del juez las subvenciones públicas otorgadas durante los ejercicios de 2004 y 2005 por el Consell de Mallorca que dirigía Maria Antònia Munar. Este organismo ha centrado su estudio, que viene a ser un peritaje judicial en toda regla, en las pseudoasociaciones vinculadas a Unió Mallorquina (UM). Se ha encontrado con cientos de miles de euros públicos sin justificar y concluye que este dinero debe ser devuelto al lugar del que procede: las arcas públicas de la institución insular.

«El exceso de financiación para llevar a cabo los objetos subvencionados exige que se reintegren las cantidades percibidas en exceso», advierten los síndicos que han intervenido en el proceso judicial después de rastrear el destino de los 1,2 millones de euros públicos percibidos sólo por un quinteto de entidades. Siempre las mismas.

El reparto masivo de ayudas por parte de UM se concentraba en el Centro Cultural de Campos; la Asociación Agrícola y Ganadera Fora Vila; la Asociación de Sociedades de Cazadores de Mallorca; la Asociación para la Conservación y Difusión del Patrimonio; y la Asociación de Actividades Socioculturales de Mallorca.

Todas ellas están estrechamente relacionadas con la formación política que comanda la actual presidenta del Parlament. De hecho, los nexos llegan a ser tan poderosos que destacados miembros de la formación regionalista integran la directiva de buena parte de estas asociaciones montadas para beneficiarse del Plan de Subvenciones del Consell de Mallorca.

La Sindicatura de Cuentas ha llevado a cabo su investigación planteándose dos grandes objetivos: «Constatar la utilidad pública y social de las actividades realizadas mediante la concesión de subvenciones»; y «comprobar si la actividad subvencionadora se ajusta a los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad».

Una vez sometidas las ayudas del Consell a esta serie de comprobaciones y «de acuerdo con la legislación aplicable», los síndicos acusan al equipo de gobierno de Munar de haber incurrido en al menos 4 grandes tipos de irregularidades a lo largo del proceso de adjudicación de dinero público a estas pseudoasociaciones.

En todas las tramitaciones en las que intervienen estas entidades aparecen, siempre según las pesquisas de la Sindicatura de Cuentas, «deficiencias en las bases, en la resolución y en el convenio regulador». Pero, además, «la inexistencia de acuerdos o informes preceptivos»; «deficiencias en el procedimiento de concesión»; «en la forma de justificación»; así como «en los principios de publicidad y concurrencia».

La «excepcionalidad»

Tras realizar una primera aproximación, el organismo al que encargó el juez Juan Manuel Sobrino la investigación destaca en su dictamen que lo que más les ha llamado la atención es que aparece «un elevado número de subvenciones nominativas». Lo que coloquialmente se conoce como ayudas otorgadas a dedo. Es decir, aquéllas que se conceden sin que exista la posibilidad, concurso público mediante, de que otras asociaciones o empresas concurran a la multimillonaria subvención pública en cuestión.

El Consell de Munar eligió a las entidades beneficiarias y les adjudicó el dinero sin que se convocara algún tipo de licitación. «La asignación de este tipo de subvenciones... supone una excepción a los principios generales de publicidad y concurrencia», precisa el informe que obra ya en manos del juez instructor y de la Fiscalía Anticorrupción de Baleares. Y recuerda que esta excepcionalidad la exige tanto «el artículo 7 de la Ley 5/2002 como el artículo 3 del Reglalmento de Subvenciones del Consell de Mallorca». «Por lo cual», agrega en referencia a estas disposiciones, «dicha asignación se ha de realizar de forma restrictiva».

Una vez convertida en norma la excepción se advierten a ojos de los técnicos un sinfín de irregularidades de todo tipo. Aparecen «facturas que constan en los expedientes pero que no ascienden al total del proyecto presentado cuando la justificación ha de ser la totalidad de este y no únicamente el de la subvención concedida».

Tampoco queda constancia alguna de que se haya cumplido con la obligación de que las actividades sufragadas con fondos públicos del Consell de Mallorca reflejasen de manera gráfica y perfectamente visible la entidad patrocinadora de las mismas. «No se hace constar el patrocinio», repiten una y otra vez los técnicos.

Otras de las irregularidades más comunes entre las sociedades beneficiarias de la ya conocida popularmente como La Piñata de Munar radica en las características de las propuestas presentadas ante el Consell de Mallorca para obtener las ayudas con cargo al erario público.

«El proyecto presentado por el beneficiario describe actividades genéricas y no asume compromisos concretos y mesurables», recalca reiterativamente el estudio de la Sindicatura de Cuentas al examinar subvención tras subvención.

Algo similar ocurre en numerosas ocasiones con los «proyectos orientativos» que se adjuntan a los principales. «Adolecen de los mismos defectos», apuntan los síndicos aludiendo a los mismos. Esto es, «falta de detalle y concreción». Al moverse en generalidades y no entrar en detalles, estas pseudoasociaciones pretendían tener más fácil la justificación posterior del uso dado al dinero público concedido.

Pero es que la picaresca de los receptores se trasladaba también a la Administración que otorgaba las subvenciones. Y si se movían en generalidades las asociaciones, también lo hacía el mismísimo Consell.

«En la resolución de las concesiones no se contempla... la descripción de cómo se han de llevar a cabo las actividades a desarrollar y si las actividades del beneficiario deben sujetarse al proyecto presentado a la vista del carácter genérico del mismo», indica el exhaustivo peritaje judicial. «La satisfacción del interés público exige que la resolución de las concesiones describa con el mayor detalle posible la finalidad para la que se entregan los fondos y las obligaciones concretas que asume el beneficiario». El resultado estas irregularidades y complicidades encadenadas entre la Administración y un grupo de particulares ha sido el desvío masivo de fondos públicos al entorno de UM.

 
   
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