PALMA.- El Juzgado de lo Contencioso
Administrativo número 1 de Palma ha
desestimado un recurso contra una sanción
de 6.010,13 euros y la prohibición de cazar
durante dos años en el coto PM 11084,
situado en la localidad mallorquina de
Bunyola, que había sido dictada por la
Conselleria de Medio Ambiente por la
utilización de venenos.
En un
comunicado, el departamento dirigido por
Miquel Àngel Grimalt recordó que el 10 de
abril del 2003 agentes de Medio Ambiente
del Govern encontraron el cadáver de una
milana y cebos envenenados utilizados,
presuntamente, para el control de gatos
silvestres en el citado coto de caza.
Así, explicó que tras este hallazgo,
la Dirección General de Caza impuso la
citada multa y prohibió la caza en este
coto durante dos años, lo que provocó que
su propietario presentara un recurso, que
ahora ha sido resuelto.
En este
sentido, la Conselleria de Medio Ambiente
subrayó que el tribunal ha compartido el
criterio del Ejecutivo balear, según el
cual se había producido una gestión
«negligente» de los recursos cinegéticos,
pese a que, según reconoció, no se ha
podido probar que el titular del coto de
caza fuera directamente responsable del uso
del veneno.
No obstante, señaló que
tanto la Conselleria como el tribunal
consideran que la persona titular de un
coto debe supervisar su gestión para
asegurar que se hace un uso «ordenado y que
no hay infracciones por las personas
autorizadas a ejercer la caza y la gestión
de la fauna, como fue este caso».
La
Conselleria reveló que la sentencia hace
mención expresa a la prohibición legal del
uso de procedimientos masivos y no
selectivos para la captura o muerte de
animales y, en particular, del uso de
veneno, mientras que, por otro lado, indicó
que el tribunal estima que los hechos son
«graves» y que, por tanto, se corresponde
la pena fijada de sanción económica de
6.010,13 euros y la prohibición de la caza
en al coto durante dos años.
De este
modo, resaltó que esta sentencia es «muy
importante», puesto que, a su juicio,
supone un precedente que determina la
obligación de los titulares de los cotos a
velar por su «buen uso» y, en especial, por
contribuir a evitar el uso del veneno, que,
según recordó, «sigue siendo uno de los
factores más graves contra la conservación
de especies protegidas», informó Europa
Press.
En esta línea, la
Conselleria apuntó que en el caso de
Baleares, especies tan emblemáticas como la
milana o el buitre son víctimas frecuentes,
de forma que remarcó que con este
precedente jurídico, la tarea del Govern
contra esta práctica se ve
«considerablemente reforzada».