JOSÉ M. DE
LAMO
EIVISSA.- El pliego de
condiciones del contrato de adjudicación de
las obras de desdoblamiento de la carretera
del Aeropuerto a la Unión Temporal de
Empresas Accesos Ibiza en ningún momento
especifica que todos los materiales
sobrantes deberán servir para regenerar
canteras, tal y como defiende Fiscalía y
por lo que considera que se podría haber
cometido un delito de apropiación indebida
o de malversación de caudales públicos con
el excedente de tierra vegetal de las
citadas obras.
Según ha podido saber
EL MUNDO/ Ibiza y Formentera, todos los
pliegos de condiciones para la adjudicación
de obras públicas deben ceñirse al Pliego
de Prescripciones Técnicas Generales a
nivel estatal (PG3) y, en este caso
concreto, se respetó letra por letra el
contenido.
Este documento especifica
en lo referente a la tierra vegetal en su
punto 320.3.3 que «la tierra vegetal que se
encuentre en las excavaciones se removerá
de acuerdo con lo que, al respecto, se
señale en el proyecto y con lo que
especifique el director de las obras».
Asimismo, indica que dicha tierra «se
mantendrá separada del resto de los
productos excavados. La retirada, acopio y
disposición de la tierra vegetal se
realizará cumpliendo las prescripciones del
apartado 300.2.2 de este
pliego».
Dicho apartado establece que
«todos los productos o subproductos no
susceptibles de aprovechamiento serán
eliminados de acuerdo con lo que, sobre el
particular, establezca el proyecto u ordene
el director de obras». En lo que se refiere
a los materiales aprovechables, como en
este caso la tierra vegetal, «serán
utilizados por el contratista en la forma y
en los lugares que señale el director de
obras». En ningún momento, pues, se hace
referencia a que esta tierra tenga que ir
destinada a la regeneración de
canteras.
En cuanto a la importancia
que da el pliego de condiciones a las
decisiones del director de obras, que
incluso las llega a equiparar a lo que
dictamine el propio proyecto, fuentes
consultadas por este periódico aseguraron
que se deja esta vía abierta en los pliegos
de condiciones «porque, en determinados
momentos, puede encontrar usos mejores a
los residuos» que provocan los
trabajos.
El proyecto, por su parte,
indica que esta tierra vegetal,
«debidamente tratada, será retirada y
empleada posteriormente en los trabajos de
restauración». En cuanto a la regeneración
de canteras, el proyecto sólo cita esta
idea como «posibles» vertederos de los
materiales sobrantes y que no se puedan
reutilizar, que cuantifica en casi 1,4
millones de metros cúbicos.
Además
del proyecto y del pliego de condiciones,
la propia legislación tanto europea como
nacional y autonómica establece como
prioridad para los residuos generados en
las obras públicas su
reutilización.
En este sentido, la
Decisión de la Comisión 69/350/CE, en su
anexo II B define la valorización como
«todo procedimiento que permita el
aprovechamiento de los recursos contenidos
en los residuos sin poner en peligro la
salud humana y sin utilizar métodos que
puedan causar perjuicios al medio
ambiente». En lo relacionado con la tierra
vegetal, dicho anexo incluye como ejemplo
su «esparcimiento sobre el suelo en
provecho de la agricultura o la
ecología».