El secretario general del Consell de
Mallorca, según el Real Decreto 1174/1987,
de 18 de septiembre, tiene como función «la
comprensiva de la fe pública y el
asesoramiento legal preceptivo». En este
sentido, entre otros cometidos, este
funcionario cuenta con el de «certificar
todos los actos o resoluciones de la
Presidencia y por los miembros de la
Corporación que resuelvan por delegación de
la misma»; y «autorizar, con las garantías
y responsabilidades inherentes las actas de
todas las licitaciones, contratos y
documentos administrativos análogos en que
intervenga el Consell de
Mallorca».
Asimismo, el secretario
debe «colaborar en la corrección jurídica
de la decisión que haya de adoptarse» e
«informar, en las sesiones de los órganos
colegiados a que asista... acerca de los
aspectos legales del asunto que se
discuta».