El fiscal Juan Carrau ha
afirmado que el despliegue de medio
centenar de guardias civiles no fue
espectacular. Ha dicho que el espectáculo
fue mediático. Sin duda tiene razón y no
sólo porque hubiera más periodistas
apostados que agentes de la Benemérita para
detener a Eugenio Hidalgo, sino
porque la Operación Voramar se ha
planteado, con intención o sin intención,
como un remedo sin folklórica de otras
acaecidas allá por el levante
español.El fiscal, por tanto, niega
que él haya colaborado en el espectáculo
pero, paradójicamente, convoca a los
periodistas que todo lo
espectacularizan -permítanme el
verbo- y pone a caer de un burro al
magistrado Álvaro Latorre que
ya es «un juez juzgado» ante los medios.
Carrau ha dicho que «la decisión adoptada
no se ajusta a derecho, la fianza es
desproporcionadamente baja y la libertad de
Hidalgo y Gibert pone en
peligro la investigación». Desde la
animadversión que siento hacia Hidalgo,
Gibert y compañía -que quede claro-, no
estoy de acuerdo con Carrau y creo que el
juez, al fijar tales fianzas, no haya hecho
más que situar el asunto en sus correctos y
ajustados términos. Y desde este punto de
vista, sí puede decirse que la Operación
Voramar se ha desinflado.
No dudo
de la validez de los argumentos de los dos
fiscales mediáticos. Todos ellos hubieran
sido recogidos en periódicos, radios y
televisiones sin necesidad de convocar
ninguna rueda de prensa y eso lo saben
Carrau y Horrach. Entonces, ¿por qué tomar
parte activa en el espectáculo, hasta el
punto de convocarlo?
Ahora bien,
tampoco dudo de los criterios que han
impulsado al juez Latorre a dictar el auto
de marras. Quizá, además de no considerar
lícito mantener en prisión a los imputados
dado que el peligro de destrucción de
pruebas ha disminuido, el juez también
tenga en cuenta otros factores de peso; por
ejemplo, la fuerza real de las pruebas
recopiladas para sustentar las acusaciones
de la Fiscalía. Porque no debemos olvidar
que cuando el fiscal afirma que los
imputados han cometido delitos «muy graves
que llevan aparejados, por aplicación de
las normas del Código Penal, hasta 18 años
de prisión» no deja de ser una apreciación
del propio fiscal. Habrá que demostrarlo
con todas las pruebas. Esa es la gran
diferencia entre la ciudadanía y el juez. A
la primera no es necesario probarle una
acusación, basta con esparcirla.