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  Miércoles, 12 de julio de 2006 Actualizado a las 01:30
 

SUCESOS
Condenado a 17 años de cárcel el vecino de Son Servera que asesinó a su esposa en 2003

El juez le obliga a no acercarse durante 20 años a menos de 100 metros de distancia ni comunicarse con la familia de Cecilia Guerrero - Según la sentencia, «ocluyó» la respiración de su mujer «hasta asfixiarla»


LORENZO MARINA

PALMA.- Clemente Rodríguez Cabezas aprovechó que su esposa Cecilia Guerrero dormía para asfixiarla. La víctima no pudo defenderse. El juez condenó al autor del crimen de Son Servera a 17 años de prisión por el asesinato con alevosía de su esposa.

Asimismo, la sentencia obliga al acusado a permanecer alejado 20 años del domicilio de la familia de la víctima. Durante todo este tiempo, Clemente Rodríguez no podrá aproximarse a menos de 100 metros de los familiares de Cecilia ni comunicarse con ellos.

Según la resolución judicial, Clemente Rodríguez, de 32 años, acabó con la vida de su esposa Cecilia, de 30 años, entre las cinco y las seis de la madrugada del pasado 11 de noviembre de 2003. Ambos se encontraban residiendo en el segundo A del número 13 de la avenida de la Constitución de Son Servera.

Separación

La noche anterior Cecilia comunicó a Clemente su intención de separarse definitivamente de él. Entonces, Clemente Rodríguez sufrió «una reacción psicológica violenta, pasional y descontrolada que disminuyó levemente su capacidad de discernir».

Acto seguido, Clemente actuó «con ánimo de matar a su esposa». Mientras Cecilia Guerrero se encontraba dormida, «con ánimo de matarla», cometió el crimen. «Le ocluyó la respiración hasta asfixiarla, produciéndole la muerte». Asimismo, el asesino cometió el crimen aprovechando que Cecilia «se encontraba durmiendo y sin que pudiera defenderse».

Una vez que Clemente comprobó que Cecilia no reaccionaba, «confundido y presa del pánico», se dirigió a casa de sus padres mientras llevaba consigo a su hijo. Según la sentencia, Clemente Rodríguez confesó el crimen a la policía «de forma inmediata, explícita y veraz». También lo admitió durante el juicio celebrado a finales de junio en la Audiencia Provincial de Palma.

La sentencia recoge el veredicto emitido hace unos días emitido por el tribunal popular. Por siete votos a favor y dos en contra, los integrantes del tribunal popular emitieron el veredicto de culpabilidad. Asimismo, el jurado consideró probado que en el crimen no existieron signos de lucha ni pruebas de discusión. Únicamente la palabra del acusado.

No obstante, el tribunal popular apreció un pequeño atenuante. Los miembros del tribunal popular consideraron que, el día del crimen, Clemente Rodríguez estaba levemente alterado. También consideraron que el acusado sufrió un shock mental, aunque posterior al crimen. A tenor del veredicto del tribunal, las partes ajustaron su petición de pena.

 
   
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