L. M. / E.U.
PALMA.- La historia
se repite. Bartolomé Cursach y, por tanto,
su automóvil es absolutamente indemne a la
normativa municipal. Su Audi A6 tiene por
costumbre estacionarlo en una calle
peatonal.
A pesar de que la
presencia de agentes de la Policía Local es
muy numerosa, su coche no recibe ninguna
multa aunque estacione en zona peatonal.
La fotografía de arriba, tomada hace
un par de días, es la prueba fehaciente de
que Bartolomé Cursach goza de una
particular patente de corso.
Los agentes hacen caso omiso al
automóvil de Cursach. Por supuesto, no
ocurriría lo mismo con cualquier otro
vehículo que osara estacionar en la misma
zona peatonal.
Sin embargo, esta
situación no es novedosa. Hace unas
semanas, otra fotografía publicada en las
páginas de este periódico ponía de relieve
el trato de favor que recibe Bartolomé
Cursach.
Tanto en uno como en otro
caso, el automóvil del propietario del
Megapark permaneció estacionado
largo tiempo al lado de dicha discoteca en
una zona prohibida. Cuando el empresario se
decidió a retirar su coche, ninguna multa
colgaba de sus
limpiaparabrisas.
Además, en los
últimos días la presencia de la Policía
Local de Palma en la zona ha sido muy
numerosa. Las aglomeraciones de alemanes en
torno a Megapark con motivo del
Mundial de Fútbol han provocado que el
dispositivo policial se
intensifique.
Sin embargo, el
automóvil de Bartolomé Cursach ha sido la
excepción. Ninguno de los numerosos agentes
que se han personado la zona han tomado la
determinación de multar a Cursach. No
ocurre así con el resto de los
automovilistas.
El estacionamiento
en zona peatonal no resta puntos en el
nuevo carné. Sólo lo haría en el caso de
que entrañara algún tipo de riesgo para los
viandantes. La suma a descontar sería de
dos puntos.
Esta imagen de la
pasividad de la Policía Local y el trato de
favor de algunos agentes hacia Bartolomé
Cursach está corroborada por el último auto
del juez Pleite.
El titular del
Juzgado de lo Contencioso Administrativo
número 2 de Palma ha contemplado
estupefacto cómo su sentencia dictada en
diciembre de 2005 no se cumplía. Simple y
llanamente no se han hecho mediciones
acústicas para verificar si los altavoces
superan el máximo de 65
decibelios.
El reciente auto judicial
es bien claro al respecto. «La
administración municipal ha realizado una
insuficiente actividad comprobatoria de la
resolución judicial y del propio decreto
municipal», puntualiza el juez.