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  Domingo, 11 de junio de 2006 Actualizado a las 01:55
 

EL NEGOCIO DE LOS MENORES /
El Govern rebaja por ley de 18 a 16 años la edad mínima para entrar en una discoteca

Envía al Parlament para su aprobación una normativa que permite el acceso de jóvenes de 16 y 17 años / El PP cambia su anteproyecto a última hora para beneficiar a los empresarios de ocio

  A D E M A S
 Defender a los menores
 «Un menor es quien no tiene 18», dice la ONU
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ESTEBAN URREIZTIETA

PALMA.- El Govern monta una ley para rebajar a 16 años el límite de edad para entrar en discotecas y salas de fiestas. Esta normativa, que queda ahora pendiente del visto bueno definitivo del Parlament, contraviene su propio anteproyecto, que establecía el tope de edad en 18. Y hace lo propio tanto con el espíritu de la ley estatal, la popularmente conocida como Ley Corcuera, como con el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas, la otra norma estatal que regula en estos momentos el acceso de los jóvenes a este tipo de establecimientos.

La modificación llevada a cabo por el Govern permitirá a partir de ahora a los jóvenes de las Islas de 16 y 17 años acceder sin ningún problema a estos establecimientos ampliando notablemente el margen de negocio de los empresarios del ramo. Estos se convierten en los principales beneficiarios de esta variación de última hora.

La tendencia que se ha marcado a nivel nacional en este sentido va encaminada a endurecer las normas para que los menores entren en contacto con el alcohol lo más tarde posible. De hecho, la Ley Orgánica 1/1992, la de mayor rango de cuantas rigen el acceso de menores a discotecas y salas de fiestas, fue creada para que los menores de 18 años no tengan a su alcance las bebidas alcohólicas, que ya constituyen la tercera causa de mortalidad en el mundo, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). El Ejecutivo balear diseñó el anteproyecto de la Ley de Régimen Jurídico de las Licencias Integradas de Actividad de Baleares guiándose precisamente por esta tendencia. La de fijar el límite de edad lo más alto posible.

Así, el borrador de esta normativa autonómica rezaba de la siguiente manera: «Queda prohibida la entrada y permanencia de los menores de 18 años en salas de fiesta, discotecas y salas de baile». Meses después, el texto definitivo ha sido aprobado con una salvedad. En lugar de la cifra de 18 años aparece, sin que haya una explicación mediante, la de 16.

Límite genérico

Tanto en el anteproyecto como en el texto definitivo, la ley de Actividades Clasificadas subraya que «se excluyen de esta limitación las salas con autorización de sesiones para menores de edad o salas de juventud en las que se permitirá la entrada y permanencia de mayores de 14 años y menores de 18, cuyos requisitos se regularán reglamentariamente».

La ley no vuelve a hacer ninguna excepción con el límite genérico de edad y establece así que «queda prohibida la entrada y permanencia de los menores de 18 años en casinos de juego, salas de bingo y salones de juego que dispongan de máquinas con premios en metálico».

En lo que respecta no ya al acceso sino al consumo de alcohol, especifica: «A los menores de 18 años que accedan a establecimientos de espectáculos o actividades recreativas no se les podrá vender, suministrar ni permitir el consumo de bebidas alcohólicas».

La Oficina del Defensor del Menor de Baleares, que depende del Govern que ha creado esta ley, ha mantenido siempre el mismo criterio cuando se ha abordado la problemática del acceso a las discotecas y locales de ocio. Para este organismo no se debe permitir la entrada en estos locales a aquellos jóvenes que no hayan cumplido todavía los 18 años. De la misma opinión son formaciones políticas como el PSM o Esquerra Unida-Els Verds (EU-EV) que arguyen que «al final, el menor que entra en una discoteca acaba bebiendo alcohol». En la misma línea se expresa el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas.

Un Real Decreto aprobado el 27 de agosto de 1982 que estipula en su artículo 60 que «queda prohibida la entrada y permanencia de menores de 16 años en las salas de fiestas, discotecas, salas de baile... y en general en cualesquiera lugares o establecimientos públicos en los que pueda padecer su salud o su moralidad».

 
   
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