M.R.
MAÓ.- Fuentes cercanas a los
propietarios de S'Hort des Lleó anunciaron
ayer que recurrirán en casación la
sentencia del Tribunal Superior de las
Islas Baleares (TSJB) que da la razón al
Consell en cuanto a la expropiación de un
tramo para ejecutar el Camí de Cavalls.
Acatan la sentencia y la respetan pero
consideran que se han producido varias
injusticias.
En primer lugar,
señalaron que la sala no ha considerado la
prueba realizada por un perito nombrado por
el juzgado que dictaminaba que el camino
histórico no pasaba por la finca que el
Consell pretende expropiar. El juez cita en
la sentencia que existen muchos mapas
históricos que demuestran que el trazado sí
lo hacía, «pero no los analiza», señalaron
las fuentes consultadas. Asimismo, alegan
que en el propio registro de la propiedad
de S'Hort des Lleó está inscrito: «Finca
que linda [...]», por lo que «ya indica que
la finca es colindante». Es por ello que
resaltan que el trazado marcado por el
Consell para hacer público el Camí de
Cavalls, un sendero que bordea toda la
isla, no coincide con el
histórico.
En segundo lugar, los
propietarios señalaron que es «absurdo» que
el Consell aplique la sentencia cuando
existe una zona de dominio público
marítimo- terrestre justo a 200 metros. «El
Consell deberá pagar para expropiar una
servidumbre de paso en una finca privada
con dinero público cuando, si modificara el
trazado, tendría un camino
gratis».
Por otra parte, el Consell
expresó su satisfacción al tratarse de la
primera sentencia que corrobora su tesis y
se mostró optimista frente a los siete u
ocho recursos de propietarios. El TSJB
niega que el Camí de Cavalls no pueda
considerarse de interés general por su
proximidad al sendero del Litoral y define
ambos trazados. El sendero responde a «la
preservación y uso generalizado de la zona
de dominio marítimo-terrestre» mientras que
la Ley de Camí de Cavalls tiene un «fin
distinto» que es el de «conservar un
trazado viario histórico en el que se
encuentran presentes valores culturales del
pueblo de Menorca».
De hecho, en
numerosas ocasiones el TSJB argumenta a lo
largo de la sentencia que el Camí de
Cavalls es un paso libre y gratuito.
Asimismo, considera que el trazado está
fundamentado en varios planos históricos.