ESTEBAN URREIZTIETA
PALMA.- La
Fiscalía Anticorrupción acusa a Joaquín
Rabasco de desviarse «más de un millón de
euros públicos» del Ayuntamiento de
Llucmajor en dirección a su entramado de
empresas en tan sólo tres años (entre 2000
y 2003). Por este motivo imputa al edil y
líder de ASI (Agrupación Social
Independiente) al menos cuatro delitos: dos
tipos de cohecho, defraudación a un ente
público y negociaciones prohibidas a
funcionarios.
Estas son las
conclusiones del fiscal Juan Carrau tras
analizar el escándalo protagonizado por el
concejal junto a su amiga íntima y
colaboradora de ASI María del Amor Aldao
Muiño. Un caso que fue denunciado ante los
tribunales hace ya cuatro años por el
PSOE.
«El imputado Joaquín Rabasco
ayudó a la imputada María del Amor Aldao
Muiño a crear un entramado de sociedades
con la finalidad de aprovecharse de su
condición de concejal para contratar con el
Ayuntamiento de Llucmajor», explica el
representante del Ministerio Público en su
informe.
Las empresas reciben los
nombres de «Majo Sport, S.L.; Tenedi
Ambiente, S.L.; Retsar Music, S.L.; y
Rodema Swin, S.L.». Según subraya el propio
Carrau, «estas sociedades contrataron con
el Ayuntamiento de Llucmajor por cuantía
global superior a un millón de euros».
Asimismo considera que «de la investigación
judicial se acreditan claramente la
comisión de los delitos de cohecho,
defraudación a un ente público y
negociaciones prohibidas a
funcionarios».
La imputación de este
último delito la vertebra Carrau en el
hecho de que «Rabasco era apoderado de Majo
Sport, S.L., desde el 14 de diciembre de
1999, fecha de constitución de dicha
sociedad).
Añade que «mientras era
apoderado de dicha mercantil y ejerciendo
las funciones de concejal y teniente de
alcalde de Llucmajor propuso la celebración
de un certamen deportivo, la cuantía del
presupuesto y que el mismo se adjudicase a
la empresa de la que era apoderado y con la
que mantenía estrecha conexión». El fiscal
Anticorrupción estima que «estos hechos por
sí mismos constituyen delito de los
contemplados en los artículos 441 y 439 del
Código Penal y que están sancionados con
pena de multa y suspensión o inhabilitación
para funciones públicas».
El
Ministerio Público acusa además al dúo
Rabasco-Aldao de la comisión de sendos
delitos de cohecho. Según el informe del
fiscal «consta documentado» que varias
cantidades fueron transferidas desde la
sociedad Retsar Music, S.L., a las cuentas
del concejal Rabasco». En este sentido, «el
imputado percibió, cuanto menos, 13.727.000
pesetas de una sociedad que contrató con el
Ayuntamiento de Llucmajor siendo él
concejal de dicho Ayuntamiento y de las
áreas de Deportes y Fiestas sobre las que
tenía responsabilidad».
Más
delitos
«En consecuencia»,
precisa Carrau, «se da un delito de cohecho
del artículo 426 del Código Penal que lleva
pena de multa y conforme al artículo 431
comiso de la dádiva dada». Pero es que
además «la administradora de la sociedad,
María del Amor Aldao, habría cometido un
delito de cohecho activo del artículo 423
sancionado con las mismas penas de multa y
comiso».
El fiscal precisa que «si se
considera que el concejal que recibe el
dinero ha intervenido administrativamente
en trámites relativos a sociedades
relacionadas con la que efectúa el pago no
encontramos ante un delito de cohecho del
artículo 425 del Código Penal».
Ya
que «el funcionario recibe una dádiva por
ejecutar un acto ilícito relativo a su
cargo». En este supuesto «la pena supone la
multa de hasta el triple del valor de la
dádiva» y «las mismas penas pecuniarias
lleva aparejada la conducta de la
administradora de las sociedades que
efectúan los pagos».
A la vista de
los hechos descritos, la Fiscalía
Anticorrupción considera que los imputados
«deben prestar fianza, cada uno de ellos,
en la cantidad de 330.000 euros». No
obstante, en el caso de Joaquín Rabasco
considera que esta cifra debe ser aumentada
hasta alcanzar los «412.504 euros».
También considera Carrau que «procede
acordar simultáneamente el embargo de los
bienes de estos imputados hasta alcanzar
dicha cantidad y ordenar, previamente a la
notificación del auto, el bloqueo de los
saldos existentes en las cuentas corrientes
hasta alcanzar la cantidad de euros».
El fiscal Anticorrupción apostilla
en su dictamen que «se estima necesario que
se acuerde de inmediato la medida para
evitar que los imputados sustraigan sus
bienes a la acción de la justicia».
Utilizando como base este informe, el juez
ha citado esta misma mañana a la pareja
Rabasco-Aldao.