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  Miércoles, 23 de febrero de 2005 Actualizado a las 00:28
 

El Tribunal Superior falla que las multas por delito urbanístico se anulan en caso de fallecimiento

Una sanción de más de 4 millones de pesetas que el Consell impuso por obras de ampliación sin licencia y en una zona protegida de Andratx se ha condonado tras la muerte del infractor


MARIBEL CAÑELLAS

PALMA.- Una resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJB) con fecha de 15 de noviembre de 2004 ha estimado que las sanciones interpuestas por infracción urbanística quedarán condonadas en caso de fallecimiento del infractor. La sentencia, que además «marca un precedente en las Islas», según afirmaron los técnicos del Consell, considera que «la responsabilidad pecuniaria queda extinta por su muerte» y por tanto la deuda no se transmitirá a los familiares directos ni se perpetuará en la herencia.

Los hechos se remontan a octubre de 1998 cuando el Consell de Mallorca en sesión plenaria impuso a Jesús Miguel Monge, en calidad de promotor, y a Baltasar Pujol Covas, en calidad de propietario, una sanción económica de 4.559.742 de las antiguas pesetas como autores y responsables de una infracción urbanística calificada de grave.

Obras en una zona protegida

Concretamente, los imputados fueron acusados de ejecutar sin licencia varias obras la reforma y ampliación de una caseta, que además estaba ubicada en una zona calificada de ANEI (Area Natural d'Especial Interés) en el polígono 6 del término municipal de Andratx, con el objeto de reconvertirla en vivienda. Así, se acometieron dos delitos y conforme a la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística, el Consell impuso el pago del 150% del valor de las obras, que ascendían a 3.039.828 de pesetas.

No obstante los implicados recurrieron la sentencia, cuyo fallo ha sido ahora emitido por el TSJB. Así, dado el fallecimiento de Baltasar Pujol el TSJB sentencia que sea anulada la pena económica ya que se considera que las multas se interponen a título personal y que sus herederos no son culpables de la citada infracción. No obstante sí tendrán que responsabilizarse de subsanar las irregularidades urbanísticas que haya considerado oportuno el tribunal, tales como demoliciones o similares. Por su parte, el TSJB ha desestimado la apelación de Jesús Miguel Monge, que se verá obligado a desembolsar más de 4.000.000 de pesetas, correspondientes a la multa impuesta por el Consell.

 
   
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