MARIBEL CAÑELLAS
PALMA.- Una
resolución dictada por el Tribunal Superior
de Justicia de las Islas Baleares (TSJB)
con fecha de 15 de noviembre de 2004 ha
estimado que las sanciones interpuestas por
infracción urbanística quedarán condonadas
en caso de fallecimiento del infractor. La
sentencia, que además «marca un precedente
en las Islas», según afirmaron los técnicos
del Consell, considera que «la
responsabilidad pecuniaria queda extinta
por su muerte» y por tanto la deuda no se
transmitirá a los familiares directos ni se
perpetuará en la herencia.
Los hechos
se remontan a octubre de 1998 cuando el
Consell de Mallorca en sesión plenaria
impuso a Jesús Miguel Monge, en calidad de
promotor, y a Baltasar Pujol Covas, en
calidad de propietario, una sanción
económica de 4.559.742 de las antiguas
pesetas como autores y responsables de una
infracción urbanística calificada de grave.
Obras en una zona
protegida
Concretamente, los
imputados fueron acusados de ejecutar sin
licencia varias obras la reforma y
ampliación de una caseta, que además estaba
ubicada en una zona calificada de ANEI
(Area Natural d'Especial Interés) en el
polígono 6 del término municipal de
Andratx, con el objeto de reconvertirla en
vivienda. Así, se acometieron dos delitos y
conforme a la Ley 10/1990 de Disciplina
Urbanística, el Consell impuso el pago del
150% del valor de las obras, que ascendían
a 3.039.828 de pesetas.
No obstante
los implicados recurrieron la sentencia,
cuyo fallo ha sido ahora emitido por el
TSJB. Así, dado el fallecimiento de
Baltasar Pujol el TSJB sentencia que sea
anulada la pena económica ya que se
considera que las multas se interponen a
título personal y que sus herederos no son
culpables de la citada infracción. No
obstante sí tendrán que responsabilizarse
de subsanar las irregularidades
urbanísticas que haya considerado oportuno
el tribunal, tales como demoliciones o
similares. Por su parte, el TSJB ha
desestimado la apelación de Jesús Miguel
Monge, que se verá obligado a desembolsar
más de 4.000.000 de pesetas,
correspondientes a la multa impuesta por el
Consell.