«La condición sexual no es
determinante a la hora de elegir a las
familias 'canguro', lo que importa es que
los solicitantes sean capaces de ejercer la
paternidad y de dar cariño a la criatura»,
asegura el director de Protección al Menor
y Atención a la Familia del Institut de
Serveis Socials, Antonio Calvo.
El Institut de Serveis
Socials (S'Institut) analiza, caso por
caso, las aptitudes de las personas que
solicitan acoger temporalmente a un niño
que ha sido separado de sus padres. Se
evalúan los criterios educativos de los
padres en potencia así como sus valores y
sus aptitudes generales.
De
momento, ninguna pareja homosexual ha
pedido hacerse cargo de uno de estos niños,
pero en caso de que se recibiera una
solicitud «no habría ningún problema»,
afirma Calvo.
Del mismo modo,
si una persona homosexual solicita a
S'Institut el acogimiento temporal de un
niño, no se le pone ningún impedimento,
siempre que se adapte al perfil exigido por
los especialistas para hacerse cargo de una
criatura.
De esta manera,
S'Institut, presidido por Antoni Serra,
considera que la sexualidad de una persona
o de una pareja no es determinante a la
hora de concederle o no concederle un
acogimiento temporal de acuerdo con el
programa de familias canguro, que se
desarrolla desde el año 2001.